NORMAS ACADEMICAS
(Resolución Rectoral 3518-2006-UNFV)
(Resolución Rectoral 3518-2006-UNFV)
ORIENTACIÓN CICLO REGULAR
1. De la matrícula
La matrícula es el acto formal y obligatorio que acredita la condición del estudiante universitario, e implica el compromiso de cumplir los deberes así como ejercer los derechos establecidos en el estatuto de la universidad. Solo por la matrícula se puede regular y acreditar la situación de progreso de los estudiantes hasta la obtención del grado de bachiller o título profesional. En consecuencia, debe ser de atención permanente de las autoridades de las facultades y de los propios estudiantes realizar una matrícula correcta.
- En el acto de matricula, al alumno con el apoyo de un profesor consejero, quien es designado por la Escuela Profesional correspondiente, llenará una ficha en la que figuran los cursos a matricularse en el año académico.
- El número mínimo de créditos para mantener la condición de estudiante regular, es el 10% de créditos del Plan Curricular vigente.
- En cada ciclo académico los alumnos se matriculan en todas las asignaturas de acuerdo a su nivel en el plan de Estudios de su Escuela profesional, en un máximo de 50 créditos en el régimen anual y en el régimen semestral hasta 25 créditos, según el plan correspondiente.
- El alumno que desaprueba una asignatura que es pre requisito de otra, necesariamente
- tiene que matricularse en aquella al año académico siguiente.
- El alumno que desapruebe cuatro o más asignaturas en el ciclo académico cursado, se matrícula en el ciclo académico siguiente, solo en las que desaprobó, incluyendo aquellas en las que no se presentó.
- Si un alumno se matricula indebidamente en un curso, sea porque desaprobó los pre-requisitos o excede el número de créditos, la matrícula es nula de oficio.
2. Matrícula de ingresantes a la universidad
En su primera matricula, los estudiante son inscritos en todas las asignaturas del primer año del plan curricular vigente para la carrera escogida.
Si un estudiante no desea iniciar sus estudios en el año en que logró ingresar a la universidad, luego de obtener su constancia de ingreso, puede solicitar reserva de matrícula por un año académico ante su facultad, previo pago de matrícula.
3. Reactualización de matrícula
Si su alejamiento de los estudios del alumno es hasta por 09 años, 11 meses y 30 días por circunstancias debidamente justificadas y si se excede al plazo indicado podrá solicitarlo al Consejo Universitario a través del Vice Rectorado Académico.
Si su alejamiento de los estudios del alumno es hasta por 09 años, 11 meses y 30 días por circunstancias debidamente justificadas y si se excede al plazo indicado podrá solicitarlo al Consejo Universitario a través del Vice Rectorado Académico.
Requisitos:
a) Solicitud dirigida al Decano de la Facultad de Administración; adjuntando:
- Constancia de ingreso a la UNFV. (trámite en la OCRACC)
- Recibo de tasas académicas por concepto de:
Trámite de reactualización S/. 30.00
Derecho de examen de reactualización S/. 70.00
Pago de S/. 30.00 por cada año que dejó de estudiar.
La reactualización es aprobada por resolución de facultad y refrendada por resolución del Vicerrectorado Académico.
- Récord académico actualizado (trámite en la OCRACC)
b) Tener un promedio ponderado no menor de 9.0 y no tener asignaturas desaprobadas por tres o más veces consecutivas.
a) Solicitud dirigida al Decano de la Facultad de Administración; adjuntando:
- Constancia de ingreso a la UNFV. (trámite en la OCRACC)
- Recibo de tasas académicas por concepto de:
Trámite de reactualización S/. 30.00
Derecho de examen de reactualización S/. 70.00
Pago de S/. 30.00 por cada año que dejó de estudiar.
La reactualización es aprobada por resolución de facultad y refrendada por resolución del Vicerrectorado Académico.
- Récord académico actualizado (trámite en la OCRACC)
b) Tener un promedio ponderado no menor de 9.0 y no tener asignaturas desaprobadas por tres o más veces consecutivas.
4. Reserva de matrícula
Un alumno puede solicitar reserva de matrícula por uno o dos semestres o un año académico, pero sólo tendrá validez con la respectiva Resolución de Facultad, la misma que deberá comunicarse al Vice Rectorado Académico para su conocimiento. Debe solicitarlo durante las 4 primeras semanas de concluida la matrícula regular. No se requiere matrícula previa, a excepción de los ingresantes.
Un alumno puede solicitar reserva de matrícula por uno o dos semestres o un año académico, pero sólo tendrá validez con la respectiva Resolución de Facultad, la misma que deberá comunicarse al Vice Rectorado Académico para su conocimiento. Debe solicitarlo durante las 4 primeras semanas de concluida la matrícula regular. No se requiere matrícula previa, a excepción de los ingresantes.
Requisitos:
a) Solicitud dirigida al Decano de la Facultad.
b) Recibo de pago de S/. 5.00.
c) Fotocopia de la ficha de matrícula.
a) Solicitud dirigida al Decano de la Facultad.
b) Recibo de pago de S/. 5.00.
c) Fotocopia de la ficha de matrícula.
5. Rectificación de matrícula
Es un derecho que tiene el alumno matriculado para ingresar y/o retirarse de una o más asignaturas, pudiendo sustituirlas o no por otras de acuerdo a su Plan de Estudios, y/o cambiar de sección dentro de los plazos establecidos que fija la universidad.
Es un derecho que tiene el alumno matriculado para ingresar y/o retirarse de una o más asignaturas, pudiendo sustituirlas o no por otras de acuerdo a su Plan de Estudios, y/o cambiar de sección dentro de los plazos establecidos que fija la universidad.
Requisitos:
a) Solicitud dirigida al Decano de la Facultad.
b) Recibo de pago de S/. 3.00 por cada curso rectificado.
c) Ficha de rectificación de matrícula firmada por el profesor consejero.
d) Fotocopia de la ficha de matrícula.
a) Solicitud dirigida al Decano de la Facultad.
b) Recibo de pago de S/. 3.00 por cada curso rectificado.
c) Ficha de rectificación de matrícula firmada por el profesor consejero.
d) Fotocopia de la ficha de matrícula.
6. Retiro de Matricula
Un alumno matriculado puede retirarse del año de estudios, de un semestre ó año académico, por causa debidamente justificada, antes de haberse concluido el 51% del dictado de las asignaturas. No pierde su condición de alumno regular. Se le reconocerá aquellas asignaturas que hubiere aprobado en el ciclo académico correspondiente.
-No procede el retiro de la matrícula si el estudiante no tiene un rendimiento académico satisfactorio.
-La Facultad mediante Resolución acepta el retiro del ciclo académico ó de las asignaturas correspondientes.
Un alumno matriculado puede retirarse del año de estudios, de un semestre ó año académico, por causa debidamente justificada, antes de haberse concluido el 51% del dictado de las asignaturas. No pierde su condición de alumno regular. Se le reconocerá aquellas asignaturas que hubiere aprobado en el ciclo académico correspondiente.
-No procede el retiro de la matrícula si el estudiante no tiene un rendimiento académico satisfactorio.
-La Facultad mediante Resolución acepta el retiro del ciclo académico ó de las asignaturas correspondientes.
Requisitos:
a) Solicitud dirigida al Decano de la Facultad de Administración, sustentada.
b) Documentación justificatoria
c) Recibo de pago de S/. 5.00. por curso.
a) Solicitud dirigida al Decano de la Facultad de Administración, sustentada.
b) Documentación justificatoria
c) Recibo de pago de S/. 5.00. por curso.
7. Cancelación de matrícula
El derecho a continuar estudios en la universidad se pierde por las siguientes causales:
a) Haber desaprobado por 3 veces la misma asignatura.
b) No cumplir con aprobar por tercera vez el 10% del total de créditos del Plan Curricular
de la carrera que estudia en la facultad.
El derecho a continuar estudios en la universidad se pierde por las siguientes causales:
a) Haber desaprobado por 3 veces la misma asignatura.
b) No cumplir con aprobar por tercera vez el 10% del total de créditos del Plan Curricular
de la carrera que estudia en la facultad.
8. Ampliación de crédito
La ampliación de créditos es un derecho del estudiante, se requiere que el alumno tenga un promedio ponderado no menor a trece (13), la condición de que no tenga asignatura desaprobada en el ciclo académico anterior, dichas asignaturas no deberían interferir con su horario regular y el sistema de pre requisitos. Se ejecuta en el período académico solicitado siendo el máximo de 04 créditos por semestre y 08 créditos anuales.
La ampliación de créditos es un derecho del estudiante, se requiere que el alumno tenga un promedio ponderado no menor a trece (13), la condición de que no tenga asignatura desaprobada en el ciclo académico anterior, dichas asignaturas no deberían interferir con su horario regular y el sistema de pre requisitos. Se ejecuta en el período académico solicitado siendo el máximo de 04 créditos por semestre y 08 créditos anuales.
Requisitos:
a) Solicitud dirigida al Decano de la Facultad.
b) Recibo de pago de S/. 5.00.
c) Ficha de ampliación de matrícula.
a) Solicitud dirigida al Decano de la Facultad.
b) Recibo de pago de S/. 5.00.
c) Ficha de ampliación de matrícula.
9. De la matrícula condicional
La autorización de “matricula condicional” es emitida únicamente por Resolución de facultad, solicitada por aquellos estudiantes que no hayan aprobado el 10% del total de créditos del plan curricular, durante el periodo académico anterior, superada esta condición la matricula se convierte en regular. Dicha autorización será de conocimiento del Vicerrector Académico.
La autorización de “matricula condicional” es emitida únicamente por Resolución de facultad, solicitada por aquellos estudiantes que no hayan aprobado el 10% del total de créditos del plan curricular, durante el periodo académico anterior, superada esta condición la matricula se convierte en regular. Dicha autorización será de conocimiento del Vicerrector Académico.
- Los ingresantes por traslado externo, segunda profesión o convenios especiales son matriculados en forma condicional en el primer nivel de periodo académico, debiendo proceder a efectuar rectificación de matricula de acuerdo a los resultados de la convalidación de asignaturas.
- No existen “matriculas provisionales”. Las registradas con ese carácter no tienen ningún valor para la Universidad ni crean ningún derecho para los estudiantes. Las Facultades que realicen dicho tipo de matrícula son responsables de sus consecuencias y los ejecutores acreedores de sanción.
10. Pérdida de la gratuidad de la enseñanza
La gratuidad se pierde cuando un alumno es desaprobado en una asignatura, debiendo abonar un derecho por cada crédito por curso, en una tasa que se fija anualmente y que será simple para la segunda matrícula y doble para la tercera.
El alumno que aprobó menos de 21 créditos en el año académico anterior tiene que pagar por el total de cursos que se matricula de acuerdo a las tasas establecidas para cursos desaprobados.
11. DEBERES
Contribuir al mantenimiento y conservación de los ambientes, equipos, laboratorio, mobiliario y demás bienes de la universidad. (articulo 44º Inciso e) del estatuto de la UNFV)
Contribuir al mantenimiento y conservación de los ambientes, equipos, laboratorio, mobiliario y demás bienes de la universidad. (articulo 44º Inciso e) del estatuto de la UNFV)
12. PROHIBICIONES
- Está terminantemente prohibido que los alumnos se matriculen en asignaturas de un turno y asistan a las asignaturas de otro turno en el que no se han matriculado. El alumno que incurra en esta anomalía, no podrá ser evaluado consecuentemente deberá obtener la nota de cero (00).
Los alumnos que se matriculen en asignaturas con cruce de horarios, y no asistan a las clases de las asignaturas matriculadas, serán acumulables al 30% de inasistencia y que no les dará derecho a rendir los exámenes correspondientes.
De la conducta, vestimenta y buenas costumbres:
CICLO VACACIONAL
La vestimenta del estudiante será presentable y adecuada, de acuerdo al nivel universitario.
Está prohibido durante el desarrollo de la clase el uso de teléfonos celulares, mp3, mp4, radios, beepers, armas, gorras y el consumo de bebidas y comidas.
Esta prohibido fumar en el aula, pasadizos y en las oficinas (Ley 25357).
La Facultad fomenta el mutuo respeto en sus 3 estamentos: docentes, alumnos y no docentes; por lo que se les recuerda que, los ambientes de la Facultad son recintos académicos; consecuentemente, están prohibidos los actos contra las buenas costumbres: juegos de azar (cartas, dados y otros), conductas impropias y uso de
palabras y signos soeces.
palabras y signos soeces.
Art. 152º del Estatuto de la U.N.F.V.: “Los alumnos que promuevan, participen o colaboren en la comisión de actos de violencia, que ocasionen daños personales y/o materiales que alteren el normal desarrollo de las actividades académicas estudiantiles y administrativas, serán separados de la universidad previo proceso
sin perjuicio de las acciones civiles y/o penales a que haya lugar.
sin perjuicio de las acciones civiles y/o penales a que haya lugar.
Quienes utilicen los ambientes o instalaciones de la universidad con fines distintos a los de la enseñanza, administración, bienestar universitario y recreación serán separados de la universidad y puestos a la disposición de la autoridad correspondiente”.
CICLO VACACIONAL
13. Cursos de nivelación y adelanto
El Ciclo Vacacional de Nivelación es un curso opcional para los estudiantes, solamente lo pueden llevar aquellos estudiantes que estuvieron matriculados en los respectivos cursos y que fueron desaprobados con nota mínima de siete (07).
El Ciclo Vacacional de Adelanto, deberá tomarse como base de información el record académico actualizado o la boleta de notas del ciclo académico anterior inmediato, debiendo cumplir con los siguientes requisitos:
El Ciclo Vacacional de Nivelación es un curso opcional para los estudiantes, solamente lo pueden llevar aquellos estudiantes que estuvieron matriculados en los respectivos cursos y que fueron desaprobados con nota mínima de siete (07).
El Ciclo Vacacional de Adelanto, deberá tomarse como base de información el record académico actualizado o la boleta de notas del ciclo académico anterior inmediato, debiendo cumplir con los siguientes requisitos:
-Tener la condición de invicto.
-Podrá matricularse hasta en un máximo de cuatro (04) asignaturas por ciclo vacacional si pertenece al Régimen Semestral.
-Fijar en seis (06) cursos como máximo para adelantar asignaturas durante su carrera profesional.
-Podrá matricularse hasta en un máximo de cuatro (04) asignaturas por ciclo vacacional si pertenece al Régimen Semestral.
-Fijar en seis (06) cursos como máximo para adelantar asignaturas durante su carrera profesional.
* El Ciclo de Nivelación y Adelanto de Asignaturas comprende los meses de enero a marzo y/o agosto a setiembre; serán desarrollados en dos (02) meses de duración como mínimo, el tiempo lo determina cada Consejo de Facultad a propuesta del Director de la Escuela Profesional correspondiente, debiendo desarrollarse con un total de horas de teoría igual al ciclo regular (semestral ó anual).
* Para que un curso se dicte en ciclo Vacacional de Nivelación y Adelanto de asignaturas es indispensable un mínimo de alumnos matriculados que no debe ser menor a ocho ( 08 ) y que hayan abonado la tasa correspondiente y que deseen llevar las asignaturas en el ciclo respectivo, abonen el importe equivalente a 08 alumnos. En el caso de los alumnos del último ciclo académico, las asignaturas del ciclo vacacional podrán dictarse con un número de alumnos menor a la modalidad más conveniente.
* El estudiante que al final del ciclo vacacional NIVELACIÓN Y ADELANTO DE ASIGNATURAS tenga más del 30% de inasistencias sobre el total de horas programadas, estará impedido de rendir examen final.
Requisitos
Requisitos
:
a) Solicitud dirigida al Decano de la Facultad.
b) Ficha de inscripción
c) Record académico actualizado o boleta de notas del ciclo académico anterior.
d) Recibo de pago de S/.25.00 por crédito.
b) Ficha de inscripción
c) Record académico actualizado o boleta de notas del ciclo académico anterior.
d) Recibo de pago de S/.25.00 por crédito.
14. Cursos de regularización
Exclusivamente para egresados que adeudan hasta tres (03) asignaturas en las que no registran matrícula o hayan obtenido las notas cero (00) en ellas. Para el caso de cursos de regularización no se requiere de un número mínimo de alumnos.
Requisitos
Exclusivamente para egresados que adeudan hasta tres (03) asignaturas en las que no registran matrícula o hayan obtenido las notas cero (00) en ellas. Para el caso de cursos de regularización no se requiere de un número mínimo de alumnos.
Requisitos
:
a) Solicitud dirigida al Decano de la Facultad.
b) Ficha de inscripción
c) Record académico actualizado.
d) Recibo de pago de S/.30 por crédito.
b) Ficha de inscripción
c) Record académico actualizado.
d) Recibo de pago de S/.30 por crédito.
15. Convalidación de asignaturas
Es un proceso al cual se acogen los alumnos de traslado interno y externo, siempre y cuando la asignatura a ser convalidada cumpla con el 75% de contenidos y el creditaje sea igual o mayor a la asignatura a convalidar. Los bachilleres provenientes de otras universidades no necesitan convalidación
Requisitos:
a) Solicitud dirigida al Decano de la Facultad de destino.
b) Certificado de estudios originales extendidos por la universidad de origen.
c) Silabo de las asignaturas aprobadas debidamente visadas por la universidad de origen.
d) Constancia de ingreso a la facultad de destino.
e) Recibo de pago de S/. 10 por cada asignatura a convalidar.
f) Fotocopia del DNI
Es un proceso al cual se acogen los alumnos de traslado interno y externo, siempre y cuando la asignatura a ser convalidada cumpla con el 75% de contenidos y el creditaje sea igual o mayor a la asignatura a convalidar. Los bachilleres provenientes de otras universidades no necesitan convalidación
Requisitos:
a) Solicitud dirigida al Decano de la Facultad de destino.
b) Certificado de estudios originales extendidos por la universidad de origen.
c) Silabo de las asignaturas aprobadas debidamente visadas por la universidad de origen.
d) Constancia de ingreso a la facultad de destino.
e) Recibo de pago de S/. 10 por cada asignatura a convalidar.
f) Fotocopia del DNI
16. Evaluación
16.1 Asistencia a clases
Si un alumno acumula 30% de inasistencias injustificadas totales durante el dictado de una asignatura, queda inhabilitado para rendir examen final, y es desaprobado en la asignatura y, sin derecho a rendir examen de aplazado.
16.1 Asistencia a clases
Si un alumno acumula 30% de inasistencias injustificadas totales durante el dictado de una asignatura, queda inhabilitado para rendir examen final, y es desaprobado en la asignatura y, sin derecho a rendir examen de aplazado.
16.2 Examen Sustitutorio
El alumno que no obtenga promedio aprobatorio en una asignatura, podrá acogerse al examen sustitutorio, cuyo resultado sustituye a la nota más baja.
El alumno que no obtenga promedio aprobatorio en una asignatura, podrá acogerse al examen sustitutorio, cuyo resultado sustituye a la nota más baja.
16.3 Examen de Aplazado
Los alumnos que al término del ciclo académico, obtengan nota desaprobatoria podrán rendir examen de aplazado como última oportunidad para aprobarlo.
Los alumnos que al término del ciclo académico, obtengan nota desaprobatoria podrán rendir examen de aplazado como última oportunidad para aprobarlo.
* Los exámenes de aplazados se rinden en la fecha programada en el calendario Académico, hasta un máximo de tres asignaturas desaprobadas en el ciclo académico anterior. La nota del examen de aplazado se promedia con la nota final del curso. Los alumnos que no se presenten son automáticamente desaprobados, y se les califica con el promedio final obtenido.
* El alumno que al término del ciclo académico tiene cuatro o más cursos desaprobados, repite automáticamente el mismo ciclo académico. Los cursos aprobados mantienen su nota. No están en la condición de repitentes, los alumnos que desaprueben menos de cuatro asignaturas en cada semestre.
* Los cursos que no logran promedio aprobatorio después de los exámenes de aplazados, se denominan cursos desaprobados. Los cursos desaprobados exigen una nueva matricula, la asistencia a clases y el cumplimiento de todas las obligaciones académicas que demandala asignatura.
Requisitos:
a) Recibo de pago de S/. 10.00 por cada curso.
* El alumno que al término del ciclo académico tiene cuatro o más cursos desaprobados, repite automáticamente el mismo ciclo académico. Los cursos aprobados mantienen su nota. No están en la condición de repitentes, los alumnos que desaprueben menos de cuatro asignaturas en cada semestre.
* Los cursos que no logran promedio aprobatorio después de los exámenes de aplazados, se denominan cursos desaprobados. Los cursos desaprobados exigen una nueva matricula, la asistencia a clases y el cumplimiento de todas las obligaciones académicas que demandala asignatura.
Requisitos:
a) Recibo de pago de S/. 10.00 por cada curso.
16.4 Exámenes de Subsanación
El estudiante que para concluir sus estudios profesionales tuviere desaprobado dos (02) asignaturas semestrales, que no sean pre requisito entre ellas podrán rendir un examen especial que se denomina Subsanación, en dos fechas: marzo o setiembre. Los cursos de Práctica Pre profesional y Seminario de Tesis no serán considerados en subsanación.
Requisitos:
a) Solicitud dirigida al Decano de la Facultad.
b) Recibo de pago de S/. 82.00 por cada curso.
c) Record académico actualizado donde figuren las asignaturas desaprobadas (no se
considera para efectos de subsanación las asignaturas con 00).
d) Ficha de matrícula de la asignatura a subsanar
El estudiante que para concluir sus estudios profesionales tuviere desaprobado dos (02) asignaturas semestrales, que no sean pre requisito entre ellas podrán rendir un examen especial que se denomina Subsanación, en dos fechas: marzo o setiembre. Los cursos de Práctica Pre profesional y Seminario de Tesis no serán considerados en subsanación.
Requisitos:
a) Solicitud dirigida al Decano de la Facultad.
b) Recibo de pago de S/. 82.00 por cada curso.
c) Record académico actualizado donde figuren las asignaturas desaprobadas (no se
considera para efectos de subsanación las asignaturas con 00).
d) Ficha de matrícula de la asignatura a subsanar
16.5 Sistema de evaluación
El sistema de evaluación comprende, según la naturaleza de la asignatura las siguientes modalidades:
a) Exámenes orales o escritos
b) Prácticas calificadas
c) Informes de Laboratorio
d) Informes de Practicas de campo
e) Seminarios calificados
f) Exposiciones
g) Trabajos monográficos
h) Investigaciones bibliográficas
i) Participación en trabajos de investigación dirigidos por profesores de la asignatura.
j) Otras que se crea conveniente, de acuerdo a la naturaleza de la asignatura.
Asimismo, al término del ciclo académico los alumnos obtienen un promedio final que comprende todas las notas obtenidas en el curso. El promedio aprobatorio es 11. Las fracciones decimales se tratan de la siguiente manera: menor de 0.49 se elimina; 0.50 ó mayor se considera un punto.
El sistema de evaluación comprende, según la naturaleza de la asignatura las siguientes modalidades:
a) Exámenes orales o escritos
b) Prácticas calificadas
c) Informes de Laboratorio
d) Informes de Practicas de campo
e) Seminarios calificados
f) Exposiciones
g) Trabajos monográficos
h) Investigaciones bibliográficas
i) Participación en trabajos de investigación dirigidos por profesores de la asignatura.
j) Otras que se crea conveniente, de acuerdo a la naturaleza de la asignatura.
Asimismo, al término del ciclo académico los alumnos obtienen un promedio final que comprende todas las notas obtenidas en el curso. El promedio aprobatorio es 11. Las fracciones decimales se tratan de la siguiente manera: menor de 0.49 se elimina; 0.50 ó mayor se considera un punto.
17. Prácticas Pre profesionales
Las prácticas pre profesionales debe estar considerada dentro del Plan Curricular, asignándole no menos de 12 créditos. Asimismo, cada facultad reglamentará las prácticas pre profesionales de acuerdo a las características propias de la escuela profesional y especialidad respectiva.
Las prácticas pre profesionales debe estar considerada dentro del Plan Curricular, asignándole no menos de 12 créditos. Asimismo, cada facultad reglamentará las prácticas pre profesionales de acuerdo a las características propias de la escuela profesional y especialidad respectiva.
18. Actividades extracurriculares
Los estudiantes deben acreditar ocho créditos extracurriculares como requisito para optar el título profesional.
18.1
Los estudiantes deben acreditar ocho créditos extracurriculares como requisito para optar el título profesional.
18.1
La facultad organizará cursos con un mínimo de cuatro créditos extracurriculares, los créditos restantes podrán ser considerados los organizados por otras dependencias de la UNFV u otras instituciones de reconocido prestigio, siempre y cuando estén relacionados con la carrera profesional del alumno y figure el número de horas en las que se desarrollaron.
18.2 Los cursos extracurriculares son autofinanciados. El costo por crédito es de S/. 25.00
18.3
18.3
El valor asignado a los créditos extracurriculares se establecerá de acuerdo a la siguiente escala. Las actividades extracurriculares de carácter internacional también se sujetarán a esta escala:
Actividad
extracurricular
Créditos Total de
horas
0.5 De 10 a 15
1 De 16 a 20
1.5 De 21 a 30
2 De 31 a 40
2.5 De 41 a 50
3 De 51 a 60
3.5 De 61 a 70
4 De 71 a 80
4.5 De 81 a 90
extracurricular
Créditos Total de
horas
0.5 De 10 a 15
1 De 16 a 20
1.5 De 21 a 30
2 De 31 a 40
2.5 De 41 a 50
3 De 51 a 60
3.5 De 61 a 70
4 De 71 a 80
4.5 De 81 a 90
También se considerarán como actividades extracurriculares las siguientes:
A. Las actividades que realicen los alumnos como integrantes del equipo de investigación que oficialmente desarrolla el personal docente de la universidad, asignándole tres créditos extracurriculares por año, previa certificación del director de investigación de la facultad.
B. Los certámenes organizados por los colegios profesionales de la especialidad en la que se encuentra el estudiante, debiendo acreditarse la certificación por la autoridad competente.
C. Solo se otorgará créditos extracurriculares a los alumnos que queden - en los certámenes deportivos y culturales - en primer y segundo lugar, ya sea en forma individual o grupal.
A. Las actividades que realicen los alumnos como integrantes del equipo de investigación que oficialmente desarrolla el personal docente de la universidad, asignándole tres créditos extracurriculares por año, previa certificación del director de investigación de la facultad.
B. Los certámenes organizados por los colegios profesionales de la especialidad en la que se encuentra el estudiante, debiendo acreditarse la certificación por la autoridad competente.
C. Solo se otorgará créditos extracurriculares a los alumnos que queden - en los certámenes deportivos y culturales - en primer y segundo lugar, ya sea en forma individual o grupal.
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