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En el 2013 se Retirarian a los Malos Profesores en el Peru

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  • Lic.Raúl Chirinos Ponce
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    • 11
    • Estudio Educación en la Universidad Federico Villarreal, sus obras “ Manual de Constructivismo”, “Manual de Tutoría” y “Manual de Organización y Funciones para las Instituciones Educativas” es Presidente del Instituto PROEDUCA

    #1

    En el 2013 se Retirarian a los Malos Profesores en el Peru



    “LEY QUE MODIFICA LA LEY DEL PROFESORADO EN LO REFERIDO A LA CARRERA PÚBLICA MAGISTERIAL”

    RECIEN EN EL 2013 SE RETIRARIAN A LOS MALOS PROFESORES EN EL PERÚ


    Lic.Raúl Chirinos Ponce
    Presidente del Instituto Proeduca

    Han pasado 15 días desde la aprobación de este proyecto de la comisión de educación del congreso y nos llama mucho llama tención que los congresistas de esta comisión no hagan suyo ante la prensa y menos ante los inocuos huelguistas del SUTEP de Patria Roja el proyecto que ellos han aprobado. Este proyecto no es una nueva ley, es solo una modificación de la actual Ley del Profesorado y su modificatoria . Ahora solo queda esperar que la COMISIÓN PERMANANTE DEL CONGRESO LA APRUEBE. Después de haber analizado el acuerdo de la Comisión de Educación del congreso que aprueba el texto consensuado de la“ LEY QUE MODIFICA LA LEY DEL PROFESORADO EN LO REFERIDO A LA CARRERA PÚBLICA MAGISTERIAL”, creemos que es nuestro deber manifestar lo siguiente:

    1.-EL PROYECTO ESTABLECE TRES ÁREAS DE DESEMPEÑO PARA LOS DOCENTES Y DONDE PODREMOS DESARROLLAR NUESTRA CARRERA A :

    • *Nivel Pedagógico (aula, coordinaron académica, jefatura y asesoría en la Institución educativa; también como especialistas en las Ugeles y DRE).
    • *Nivel de Gestión (Director o Sub Director )
    • *Nivel de Investigación (tiempo parcial en proyectos específicos)

    2.-LAS CLASES DE EVALUACION DE LA CARRERA MAGISTERIAL SON :

    2.1.-EVALAUCIONES OBLIGATORIAS:

    2.1.1.-EVALUACION PARA EL INGRESO A LA CARRERA MAGISTERIAL

    Será mediante un concurso público en la institución educativa y comprende:
    • Evaluación de los conocimientos pedagógicos y de contenidos en el nivel y área de formación.
    Seguramente será mediante una entrevista personal o evaluación escrita elaborada por la comisión de evaluación del colegio.
    • Capacidad didáctica.
    Se observara una sesión de aprendizaje.
    • Conocimiento de la cultura y lengua materna de los educandos.
    Entrevista personal
    • Evaluación psicológica.
    Se presentara un certificado de un psicólogo del sector salud o particular.
    • Evaluación medica.
    Se presentara un certificado medico del sector o particular.
    La comisión de evaluación estará integrada por:
    • Director.
    • Sub Director del Nivel o Modalidad.
    • Coordinador Académico (se incorpora con esta ley). (*)
    • Un docente.
    • Un padre de familia con voz y sin voto ; y que sea miembro del CONEI.

    Las Ugeles solo prestaran asesoría técnica, por lo que se eliminan las pruebas nacionales únicas.

    2.1.2.-EVALAUCION DEL DESEMPEÑO LABORAL

    Se realizara cada tres años a los que aprueben la evaluación y de forma anual a los que desaprueben. Sustancialmente el proyecto aprobado retiraría de la carrera pública magisterial a los docentes que luego de tres procesos de evaluación y dos capacitaciones no logran alcanzar los niveles de logro de los 5 factores de evaluación que considera la comisión del congreso:

    A.-Logros obtenidos en función a su tarea pedagógica.

    Sí la tarea fundamental de un docente es la de enseñar, el nivel de logro se podría obtener por el porcentaje de alumnos que alcalcen niveles de aprendizaje óptimos, como por ejemplo el numero de alumnos aprobados y desaprobados, etc.

    B.-Grado de cumplimiento de las funciones y responsabilidades del profesor en función a la planificación curricular anual y en su contribución al logro del desarrollo institucional.

    Aquí existen varios aspectos:
    • Control de asistencia y tardanza del docente.
    • Participación en las actividades de la institución.
    • Elaboración de su programación curricular y su cumplimiento.


    C.-Dominio del currículo, de los contenidos pedagógicos del área y/o nivel, de los aspectos metodológicos y de los procesos de evaluación.

    Este criterio solo se podrá determinar mediante la observación de una sesión de aprendizaje y acompañamiento; para determinar dominio de la materia, uso adecuado de los procesos metodológicos, aplicación de medios y materiales educativos y una correcta evaluación de los aprendizajes.

    D.-Innovación pedagógica

    Los proyectos de innovación pedagógica que pueda desarrollar un docente estarán condicionados por el contexto social y económico de la escuela.

    E.-Comportamiento ético y ciudadano.

    La conducta del docente deberá ser impecable, este factor es importantísimo por cuanto la corrupción en la cual caen muchos docentes es una realidad indiscutible, sin olvidar el acoso sexual, etc.

    El proyecto no contempla la posibilidad de establecer una prueba única a nivel nacional que mida las capacidades de los docentes para ser retirados de la carrera pública magisterial.

    Es de suponer que el mal entendido espíritu de cuerpo que existe en un sector del magisterio podría hacer inviable en algunos lugares la aplicación de la evaluación; según estos 5 factores y el otorgar solo voz y no voto a los padres de familia es un tema que tiene que ser debatido en la comisión permanente del congreso.

    Se encarga la evaluación del docente a una comisión de la Institución educativa conformada por el directos, sub director, un docente y padre de familia sin voto; las cuales recibirían del “Operador “del SINEACE los indicadores e instrumentos de evaluación de desempeño del docente (**)

    2.2.-EVALUACIONES VOLUNTARIAS:

    2.2.1.-EVALAUCION PARA ASCENDER DE NIVEL
    Se convoca cada tres años y se realiza mediante concurso público nacional y la ejecutan las Ugeles.

    El único requisito es la permanencia en el nivel anterior al que se postula y haber aprobado las evaluaciones de desempeño previas.

    2.2.2.-EVALAUCION PARA OCUPAR CARGO DE GESTION PEDAGOGICA O INVESTIGACIÓN

    Son designados mediante concurso público y el proyecto señala que el reglamento de la ley definirá los requisitos y procedimientos.

    3.-La pirámide de la carrera señala el porcentaje de los 5 niveles ha alcanzar, jornada laboral, promedio de sueldo (nuestro) , es decir :

    I NIVEL : 40 % DE LAS PLAZAS:( 30 HORAS : S/.1,200)
    II NIVEL : 30 % DE LAS PLAZAS:( 30 HORAS : S/.1,380)
    III NIVEL : 15 % DE LAS PLAZAS:( 30 HORAS : S/.1,560)
    IV NIVEL : 10 % DE LAS PLAZAS:( 30 HORAS : S/.1,800)
    V NIVEL : 5 % DE LAS PLAZAS:( 30 HORAS : S/.2,400)


    4.-LAS ASIGNACIONES ECONOMICAS ADICIONALES POR CARGO, TRABAJO Y ZONA RURAL (***):

    4.1.-DIRECTORES:

    Al respecto señalamos que el proyecto contemplaría :(profesor de III Nivel S/. 1,560 mensuales)

    LOS DIRECTIVOS DE UN SOLO TURNO (10%): S/.1,716.
    LOS DIRECTIVOS DE DOS TURNOS (30%): S/2,028.
    LOS DIRECTIVOS DE TRES TURNOS (50%): S/2,340.
    LOS SUB DIRECTORES (II NIVEL)(15%): S/.1,487.
    LOS SUB DIRECTORES (III NIVEL) (15%):S/.1,794.

    Los otros cargos jerárquicos recibirán una asignación del 5% de su remuneración.

    4.2.-DOCENTES

    Seguimos con el ejemplo de un docente del I nivel con 30 horas : S/.1,200

    DOCENTES RURALES EN I.E. UNIDOCENTES :S/.1,560.
    DOCENTES RURALES O FRONTERA EN I.E. MULTIGRADO O POLIDOCENTES: S/.1,320

    Hasta aquí, entregamos información relevante que como es natural la hemos incorporado ejemplos para un mejor entendimiento. Esperamos haber logrado nuestro cometido de informar y que alguien de la Comisión de Educación del Congreso explique a la opinión pública lo que han aprobado.



    Lima,28 de Junio del 2007


    (*)Los coordinadores académicos no existen en la actual ley de la carrera publica magisterial, razón por la cual se deberían primero presupuestar estas plazas, lo que demoraría por lo menos dos años para determinar en que instituciones educativas se asignarían estas plazas y luego otro año para convocar a concurso publico para adjudicarlas (2010)y tres años más para retirar a los docentes que no aprueben en tres años consecutivos la evaluación de desempeño; recién en el año 2013 o 2014 se verían los primeros resultados.
    ¿Vale la pena esperar 7 años?

    (**)Lamentablemente no se reglamenta la ley que crea el SINEACE .

    (***) A la fecha el Tribunal Constitucional se ha manifestado que en toda norma sobre beneficios laborales, en la cual se refiera al % de la remuneración se entiende que es el total que recibe el docente y no del básico. Sería muy importante que se incluya un articulo especifico al respecto para evitar que los docentes recurran al poder judicial para hacer respetar sus derechos.
  • victor
    Administrador
    *****
    • ene
    • 651

    #2
    tanto tiempo?

    Comentario

    • aioriaxo
      Bachiller
      *****
      • abr
      • 565
      • R E N Z O

      #3
      ese es mi peru!

      Comentario

      • CAPITAN
        Bachiller
        *****
        • jul
        • 709

        #4
        OJALA SE CUMPLA ESTOO!!! JEJEJE

        Comentario

        • carlos18car
          Titulado(a) / Licenciado(a)
          ******
          • abr
          • 2697
          • el lincenciado carlos C.P.C

          #5
          si dicen 2013 (año peruano), sumale 6 años mas, quiza pero ese entonces lo hagan.

          Comentario

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